En el informe Jóvenes y Leucemia, que presentó la Fundación Josep Carreras en noviembre, algunos de los resultados que se obtuvieron tienen directa relación con lo que se conoce como "derecho al olvido oncológico".
De las 400 personas que participaron en el informe (pacientes o expacientes de leucemias agudas y linfomas agresivos diagnosticados entre los 18 y los 35 años), el 47% de los pacientes afirmaba haber encontrado dificultades al intentar solicitar un préstamo; el 70% al pedir un seguro de decesos y el 83% cuando intentaban contratar un seguro de vida.
En septiembre de 2022, se presentó un estudio de la Comisión Especial para la Lucha contra el Cáncer de la Unión Europea. Éste revelaba que España, Islandia y Malta son los únicos países de Europa que no tienen una regulación específica para blindar el acceso a productos financieros de los supervivientes de cáncer. Todos los países europeos tendrán que garantizar el derecho al olvido oncológico antes del 2025 y la Unión Europea ha instado a España a hacerlo.
Aplicado a supervivientes de cáncer, el derecho al olvido oncológico significa que estas personas tienen derecho a no ser discriminadas en la contratación de productos financieros y aseguradores, especialmente seguros de vida, seguros médicos y seguros de crédito. Es decir que, transcurrido un determinado plazo de tiempo, estos supervivientes tendrían que tener derecho a poder exigir que las aseguradoras y bancos no tengan en cuenta su historial médico previo en la evaluación de riesgos que realizar previamente a la prestación de su producto o servicio.
“Fui maquillado a pedir una hipoteca y mentí en el historial médico. Sino imposible que me la den”
“Cuando me llaman para ofrecerme un seguro médico, les digo que soy expaciente de linfoma y me cuelgan el teléfono”.
"A pesar de tener más de 25 años cotizados y estar trabajando, me pedían un aval para pedir un préstamo y el seguro médico que me ofrecían no cubría nada relacionado con ninguna secuela de la leucemia".
Éstos son algunos de los testimonios de los pacientes que han participado en nuestro informe.
Recientemente, el Parlamento europeo, en febrero de 2022, adoptó la Resolución 2020/2267 encaminada a que en 2025 todos los países europeos tendrán que garantizar el derecho al olvido oncológico. El país que adoptó primero esta garantía legal (derecho al olvido sanitario) fue Francia en 2016, seguida de Bélgica en 2019 (aunque sólo después de 10 años sin recaída) y Luxemburgo desde 2020 para pacientes menores de 18 años sin recaídas después de 5 años de la remisión completa. Países Bajos en 2020 promoviendo las garantías al olvido sanitario después de 10 años de la remisión libre de recaídas.
En España la única ley que similar es de 2018 (Ley 4/2018) por la que se indica que no se podrá discriminar en la contratación de seguros a una persona por tener VIH u otras condiciones de salud. Pero no se especifica qué otras "condiciones de salud".
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Algunos de los medios de comunicación que han divulgado esta noticia a raíz del informe de la Fundación son: La Vanguardia, Público o la Agencia EFE.